Beneficio Tributario por Crédito Hipotecario Chile 2025. Descubre cómo ahorrar al comprar
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Beneficio Tributario por Crédito Hipotecario Chile 2025
Adquirir una vivienda con un crédito hipotecario es una de las decisiones financieras más importantes de la vida. Y si bien se asocia a un compromiso de largo plazo, pocos saben que este tipo de financiamiento ofrece beneficios tributarios y estatales que pueden ayudarte a reducir tus gastos y optimizar tu inversión.
En 2025, estos beneficios no solo se mantienen, sino que se han fortalecido con nuevas medidas impulsadas por el gobierno para reactivar el mercado de viviendas nuevas. Aquí te contamos los principales beneficios tributarios y financieros a los que puedes acceder si compras tu casa o departamento con crédito hipotecario.
1. Deducción de intereses pagados en la declaración de renta (art. 55 bis)
Este beneficio tributario permite rebajar parte de los intereses que pagas por tu crédito hipotecario de tu base imponible en la Declaración Anual de Renta, lo que puede traducirse en una devolución de impuestos significativa.
¿Quiénes pueden acceder?
- Personas naturales que adquirieron una vivienda nueva o usada con crédito hipotecario.
- Que estén pagando el crédito actualmente.
- Con renta bruta anual inferior a 150 UTA (aprox. $111 millones al año en 2025).
¿Cuánto se puede deducir?
- Hasta 8 UTA anuales (aprox. $5.900.000).
- La deducción puede ser total o parcial, según el tramo de renta del contribuyente.
Importante: Si hay más de un deudor en el crédito, solo uno podrá beneficiarse, y debe estar definido en la escritura. Todos los deudores deben ser personas naturales.
2. Nuevo crédito tributario de hasta 16 UTM anuales (Ley 21.631)
Desde 2024, está vigente un crédito tributario reembolsable que permite a quienes compren una vivienda nueva con crédito hipotecario recuperar hasta 16 UTM anuales (alrededor de $1.050.000 por año) durante cinco años.
¿Cuáles son los requisitos?
- Comprar una vivienda nueva entre el 16 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
- Que sea una primera venta, con escritura firmada y crédito hipotecario asociado.
- Que esté inscrita en el Conservador de Bienes Raíces antes del 1 de octubre de 2024.
Este beneficio es compatible con el del artículo 55 bis, por lo que puedes acceder a ambos si cumples con las condiciones.
3. Rebaja del impuesto al mutuo y contribuciones (DFL 2)
Las propiedades que cumplen con el Decreto con Fuerza de Ley N.º 2 (DFL 2) también otorgan importantes beneficios tributarios.
Requisitos de la propiedad:
- Superficie construida inferior a 140 m².
- Recepción municipal con menos de 2 años.
Beneficios:
- Rebaja del 50 % en el pago de contribuciones hasta por 20 años.
- Reducción del impuesto al mutuo (impuesto de timbres y estampillas) al 0,2 % del valor del crédito hipotecario.
El DFL 2 es aplicable solo a personas naturales y hasta dos propiedades por contribuyente.
4. Exención del impuesto al mutuo al refinanciar
Si decides refinanciar tu crédito hipotecario, puedes quedar exento de pagar nuevamente el impuesto al mutuo. Solo necesitas solicitar al banco el Certificado 20.130 que acredita que ya lo pagaste al contratar el primer crédito.
Esto es especialmente útil si encuentras mejores condiciones en otro banco o si las tasas de interés bajan.
5. Nuevo subsidio estatal a la tasa de interés (Ley 21.748)
Desde mayo de 2025 está disponible un subsidio directo del Estado que reduce la tasa de interés de tu crédito hipotecario hasta en 0,6 % anual, por un periodo de hasta 5 años.
Requisitos:
- Compra de vivienda nueva de hasta 4.000 UF.
- Que la propiedad se encuentre en primera venta y tenga recepción municipal.
- Crédito otorgado con garantía estatal FOGAES.
- Firma de escritura dentro de los 24 meses desde la publicación del decreto (vigente hasta mayo de 2027 o hasta agotar cupos).
Este subsidio puede significar un ahorro mensual importante en el dividendo y se aplica directamente al crédito sin necesidad de postulación adicional.
En resumen: ¿Qué beneficios hipotecarios puedo obtener en 2025?
|
Beneficio |
Tipo |
Ahorro estimado |
Requisitos principales |
|
Deducción de intereses (55 bis) |
Tributario |
Hasta $5.9 millones/año |
Crédito hipotecario, renta <150 UTA |
|
Crédito reembolsable (Ley 21.631) |
Tributario |
Hasta $5 millones en 5 años |
Vivienda nueva comprada entre 2023 y 2024 |
|
Rebajas por DFL 2 |
Tributario |
50% en contribuciones + 0,2% mutuo |
Viviendas <140 m², max. 2 por persona |
|
Exención impuesto al refinanciar |
Legal |
0,2%–0,8% del crédito |
Certificado 20.130, refinanciamiento vigente |
|
Subsidio estatal a tasa hipotecaria |
Financiero |
Hasta 0,6% en tasa anual |
Viviendas nuevas <4.000 UF, garantía FOGAES |
Conclusión: Aprovecha las oportunidades al comprar tu hogar
Hoy más que nunca, acceder a un crédito hipotecario no solo te permite comprar una vivienda, sino también ahorrar y planificar financieramente con inteligencia. Con los incentivos tributarios y subsidios vigentes en 2025, puedes reducir tu carga mensual, pagar menos impuestos y hacer más rentable tu inversión.
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FAQ
¿Cuándo entra en vigencia la ley del beneficio tributario para créditos hipotecarios?
La normativa aplica para viviendas adquiridas desde el mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial. Si firmaste un contrato de promesa de compraventa después de octubre 2023 y la propiedad tiene recepción final, podrás acceder al ahorro en 2025.
¿Qué requisitos debo cumplir para obtener el descuento en el impuesto global complementario?
Debes acreditar un crédito hipotecario vigente, que la vivienda esté inscrita a tu nombre y que su construcción cuente con recepción municipal. Además, el contrato de compra debe formalizarse bajo las fechas establecidas por la ley.
¿El beneficio es compatible con subsidios como el DS19 o aportes habitacionales?
Sí, puedes combinarlo con otros programas de vivienda social. El descuento se aplica directamente sobre el impuesto anual, independiente de subsidios estatales para el pie inicial o cuotas.
¿Cómo afecta este incentivo a quienes compran su primera vivienda?
Reduce hasta en 8 UTM anuales el monto a pagar en el global complementario durante 12 años. Esto equivale a un ahorro progresivo que incentiva la adquisición de unidades nuevas con crédito formal.
¿Qué tipo de viviendas califican para el descuento tributario?
Aplica para propiedades residenciales con garantía hipotecaria, siempre que sean de uso habitual y permanente. Deben estar ubicadas en zonas urbanas y cumplir con la normativa de urbanismo vigente.
¿Se puede transferir el beneficio si vendo la propiedad antes de los 12 años?
No, el derecho al descuento fiscal termina con la enajenación del inmueble. Sin embargo, si adquieres otra vivienda que cumpla los requisitos, podrías reactivar el beneficio según las nuevas condiciones legales.





